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Con la entrada en vigor del II Convenio Colectivo Estatal de la Industria, la Tecnología y los Servicios del Sector del Metal – CEM se establecen los contenidos formativos en Prevención de Riesgos Laborales que, con carácter obligatorio, deberá recibir el personal que desarrolle su actividad en los talleres acogidos a dicho convenio.

De manera individualizada para cada trabajador/a, la TPM permitirá acreditar, entre otros aspectos, que la formación recibida en materia de Prevención de Riesgos Laborales es suficiente, adecuada y de acuerdo a los contenidos definidos en el II CEM.